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Alguazas destina 2.500 euros a jóvenes deportistas y fija un baremo de hasta 48 puntos
Alguazas reserva 2.500 euros para jóvenes deportistas. Las bases detallan requisitos, gastos y puntuación; el plazo depende de la publicación en el BORM.
El **Ayuntamiento de Alguazas** ha registrado una convocatoria de ayudas a jóvenes deportistas con una **dotación total de 2.500 euros** para apoyar su actividad durante 2026. Las bases, incorporadas a la Base de Datos Nacional de Subvenciones con el número 938564, establecen una concesión por concurrencia competitiva y un baremo que puede alcanzar **48 puntos**.
La ficha oficial recoge su recepción el 28 de octubre. En la consulta realizada este jueves 29 todavía no incluye un anuncio del BORM ni fechas de inicio y cierre de solicitudes. El documento municipal fija **diez días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BORM**: la fecha de registro en la base de datos no permite calcular por sí sola el último día para pedir la ayuda.
Quién puede solicitar la ayuda
La convocatoria se dirige a deportistas de categoría sub-23 **nacidos en 2003 o años posteriores**, con licencia federativa de su disciplina y **al menos un año de empadronamiento en Alguazas**. También exige estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social legalmente exigibles y cumplir las condiciones generales para recibir subvenciones.
Las bases contemplan incompatibilidades con determinadas ayudas municipales anteriores y excluyen a quienes tengan una sanción deportiva firme que impida recibir la subvención. En el caso de menores de edad, la solicitud y las declaraciones deberán ser suscritas por su representante legal; los mayores actuarán en nombre propio.
Esta línea individual es distinta de las ayudas de 20.000 euros para clubes deportivos de Alguazas. No comparten presupuesto ni destinatarios: los **2.500 euros son el máximo conjunto de esta nueva convocatoria**, no una cantidad garantizada para cada solicitante.
Qué gastos de 2026 contempla
Las ayudas se destinan a actividades desarrolladas entre el **1 de enero y el 31 de diciembre de 2026**. El documento admite, cuando estén vinculados a la práctica deportiva y debidamente justificados, gastos de transporte, alojamiento, federación, vestuario, avituallamiento y documentación relacionada con la actividad.
Quedan fuera conceptos como bebidas alcohólicas, comidas ajenas a una actividad subvencionable, intereses, recargos y sanciones. Por ello, el balance económico debe permitir identificar la relación entre cada gasto presentado y la actividad para la que se solicita apoyo.
La memoria deportiva puede aportar hasta diez puntos
El baremo valora gastos federativos y otros gastos deportivos, con hasta cinco puntos en cada apartado; clasificaciones, con siete; participación en campeonatos, con ocho; selecciones, con cinco, y ligas, con ocho. A esos bloques se suma la **memoria deportiva, valorada con hasta diez puntos**.
En esa memoria se examinan la claridad y los objetivos, la planificación de entrenamientos y competiciones, los resultados y la evolución documentados, y la proyección del deportista y su contribución a Alguazas. Presentar el documento no supone obtener automáticamente la puntuación máxima: cada criterio tiene una valoración específica.
El apoyo a trayectorias individuales se sitúa en un municipio que ha presentado su catálogo deportivo 2026-2027 con atención al deporte base y que celebró su primera Gala del Deporte. La concesión de estas ayudas dependerá, en todo caso, de los requisitos y méritos acreditados en el expediente.
Documentos que se pueden preparar
Las bases incluyen la solicitud, la memoria deportiva, el balance de ingresos y gastos de 2026 y la declaración de cumplimiento de requisitos. Se añaden la licencia en vigor, los justificantes de méritos, la identificación del deportista y, cuando corresponda, la de su representante, además de la declaración de no duplicidad de méritos.
La autorización de consulta de datos y la documentación bancaria se aportarán en los supuestos previstos en la convocatoria. Las solicitudes se dirigirán a la Alcaldía por los cauces de registro establecidos; quienes estén obligados a relacionarse electrónicamente deberán hacerlo por esa vía.
Si el Ayuntamiento requiere corregir una solicitud incompleta, las bases conceden **diez días hábiles desde el día siguiente a la notificación**. Es un plazo distinto del inicial de diez días naturales. Antes de registrar la petición, conviene comprobar el extracto del BORM y consultar los anexos completos en la sede municipal o en la ficha oficial de la convocatoria.