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El PP propone que los pacientes con ELA de mayor dependencia no paguen parte de sus prestaciones en la Región
La propuesta eximiría de contribuir a las prestaciones por dependencia a los pacientes con ELA que tengan reconocido el grado III plus. También establece equivalencias para agilizar el reconocimiento de la discapacidad.
La **Asamblea Regional de Murcia** votará este martes una proposición de ley del PP que plantea un cambio en las **prestaciones por dependencia para pacientes con ELA**. Si sale adelante en los términos anunciados, quienes tengan reconocido el máximo grado de dependencia por esta enfermedad quedarían exentos de contribuir a la financiación de esas ayudas. La iniciativa incluye, además, una vía para acelerar el reconocimiento de la discapacidad cuando la persona ya tenga reconocido un grado de dependencia.
La votación es un paso parlamentario, no la entrada en vigor de las medidas. Por tanto, las familias afectadas no deben interpretar la propuesta como una exención que puedan solicitar ya. El alcance definitivo dependerá de la tramitación y del texto que finalmente se apruebe.
Qué cambiaría para los pacientes con ELA
La exención anunciada se dirige a los enfermos de **esclerosis lateral amiotrófica (ELA)** con el máximo grado de dependencia reconocido, identificado en la información sobre la propuesta como **grado III plus**.
El PP cifra en **27** las personas que ya tienen reconocido ese grado por ELA en la Región de Murcia y señala que otras **50** están pendientes de recibir una prestación. Son dos situaciones distintas: tener acreditado el grado de dependencia y acceder efectivamente a la ayuda.
La cifra máxima de prestación mencionada por los proponentes puede llegar a **9.800 euros mensuales**. No significa que todas las personas afectadas perciban esa cantidad.
La ELA es una enfermedad sin cura específica que puede generar necesidades intensas de apoyo; por ello, el coste de la atención y el tiempo de respuesta administrativa tienen consecuencias directas para pacientes y cuidadores.
Según los datos expuestos sobre la iniciativa, **la Comunidad Autónoma y el Estado financian estas ayudas al 50 %**. La estimación comunicada sitúa en unos **tres millones de euros anuales** el coste para las arcas regionales. Esa cantidad forma parte del planteamiento económico de la propuesta, que todavía debe superar su recorrido parlamentario.
Equivalencias para reducir la espera por discapacidad
La segunda parte de la proposición afecta al reconocimiento de la discapacidad y no se limita a los pacientes con ELA. El texto plantea equiparar grados de dependencia ya reconocidos con porcentajes mínimos de discapacidad: el **grado I** correspondería al **33 %**, el **grado II** al **65 %** y el **grado III** al **75 %**. La finalidad es evitar que una persona tenga que esperar otro proceso completo para acreditar una situación de necesidad que la Administración ya ha valorado en el ámbito de la dependencia.
La medida apunta, en particular, a las listas de espera del **Instituto Murciano de Acción Social (IMAS)**. Dependencia y discapacidad son reconocimientos diferentes, aunque ambos pueden resultar necesarios para acceder a recursos y derechos. La propuesta pretende establecer una relación entre ellos; las condiciones concretas de aplicación deberán quedar fijadas en el texto definitivo.
**Carmen Gil**, presidenta de **FAMDIF**, sitúa la espera para obtener el reconocimiento de discapacidad en hasta **un año y medio**. La representante de la federación confía en que la reforma alivie el desgaste de cientos de personas que continúan pendientes de una resolución. Su valoración pone el foco en el tiempo que transcurre entre la necesidad de apoyo y la obtención de un documento administrativo que la acredita.
Para quienes ya tienen un grado de dependencia reconocido, la equivalencia propuesta es el punto que conviene seguir durante la tramitación.
Para las familias con ELA, la cuestión específica es si la exención de contribuir al coste de la prestación se mantiene y bajo qué requisitos. La votación de este martes permitirá conocer el primer resultado parlamentario, pero no sustituye la aprobación de la ley ni la publicación de sus condiciones de aplicación.