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La residencia municipal de Ceutí fija 1.772 horas anuales y un mínimo del 80% de empleo indefinido
El convenio de la residencia municipal de Ceutí regula jornada, estabilidad y salarios. Las ayudas sociales se solicitan en el último trimestre y tienen condiciones.
La plantilla de la **residencia municipal de Ceutí**, gestionada por **Gestión Social Ceutí S.L.**, cuenta con un convenio publicado este **27 de octubre en el BORM** que establece una jornada de **1.772 horas de trabajo efectivo al año** y obliga a mantener al menos un **80% de personal con contrato indefinido** durante su vigencia. El acuerdo regula las condiciones laborales y económicas del personal de esta residencia, sin extenderlas al conjunto de los centros de mayores del municipio.
El documento fue suscrito el 16 de febrero y su inscripción fue ordenada por la Dirección General de Trabajo mediante resolución del 20 de octubre. Prevé cuatro años de vigencia y fija la denuncia automática para el **31 de diciembre de 2029**. La jornada anual se aplica desde el 1 de enero de 2026.
Estabilidad, horarios y descansos
El límite ordinario de contratación temporal es del 20%, con la excepción prevista para los contratos de interinidad. La empresa debe elaborar al comenzar cada año un calendario de turnos y horarios, negociado previamente con la representación del personal, que puede revisarse trimestralmente.
Entre una jornada y la siguiente deben transcurrir al menos **doce horas**. El descanso semanal mínimo es de treinta y seis horas ininterrumpidas y no puede absorber ese descanso diario. Para jornadas de seis o más horas, el convenio contempla una pausa de veinte minutos considerada trabajo efectivo, con la proporción correspondiente cuando la jornada sea superior.
Las vacaciones retribuidas son de treinta días naturales al año, o la parte proporcional si no se ha trabajado el año completo. La organización de turnos debe garantizar la atención del centro, un aspecto esencial en los servicios destinados a mayores y personas dependientes.
Qué recogen las tablas salariales
El anexo de **2026** fija un salario base de **1.239,32 euros** para auxiliares de enfermería, auxiliares administrativos, pinches de cocina, cocineras, coordinación y limpieza. Para la dirección figura una base de 2.130,17 euros, mientras que fisioterapia tiene 1.446,28 euros. Son importes de salario base, a los que se añaden, cuando proceda, los conceptos previstos en el convenio; no equivalen al dinero neto que recibe cada empleado.
El texto también protege las condiciones retributivas anteriores más beneficiosas mediante un complemento personal de garantía. Después de la denuncia del convenio, su contenido se prorrogará hasta un nuevo acuerdo y prevé la actualización anual de los conceptos retributivos con el IPC real del año anterior. Esa cláusula regula la prórroga y no supone aplicar ahora una subida adicional automática a las tablas de 2026.
Ayudas sociales con solicitud y condiciones
El convenio recoge ayudas de **300 euros** por matrimonio, natalidad y sepelio del empleado o de familiares de primer grado, con al menos un año de servicio para su reconocimiento y vinculadas a lo que establezca el convenio municipal. También contempla 150 euros anuales por hijos escolarizados y 300 euros anuales para estudios reglados y oficiales del propio empleado, con acreditación.
Las solicitudes deben presentarse en el **último trimestre del año**. El pago queda condicionado expresamente a que la situación económica de Gestión Social Ceutí permita abonarlas, por lo que su inclusión en el texto no garantiza por sí sola el ingreso.
La publicación incorpora al ámbito local un nuevo marco de negociación colectiva. Las dudas sobre su aplicación corresponden a la comisión paritaria prevista en el acuerdo, que asume funciones de interpretación, mediación y vigilancia del cumplimiento.