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El Supremo rechaza el recurso de Pedro Antonio Sánchez: 3 años de cárcel y 17 de inhabilitación

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso del expresidente murciano Pedro Antonio Sánchez y mantiene tres años de prisión, 17 años y tres meses de inhabilitación y una multa de 3.600 euros por el caso Auditorio.

Pedro Antonio Sánchez sentado en la sala durante el juicio del caso Auditorio

La Sala de lo Penal del **Tribunal Supremo** ha rechazado íntegramente el recurso presentado por **Pedro Antonio Sánchez** y ha confirmado la condena impuesta al expresidente de la Región de Murcia por el **caso Auditorio**. El fallo mantiene **tres años de prisión**, **17 años y tres meses de inhabilitación especial** para cargo o empleo público y una multa de **3.600 euros**.

La condena corresponde a **dos delitos de prevaricación**, uno de ellos en concurso con un delito de **falsedad documental**, relacionados con la tramitación del teatro-auditorio de Puerto Lumbreras durante la etapa de Sánchez como alcalde del municipio.

El Supremo descarta los argumentos del recurso

La resolución respalda las conclusiones alcanzadas por la Audiencia Provincial de Murcia en marzo de 2023. La defensa sostuvo que la intervención del entonces alcalde en los documentos remitidos a la Comunidad Autónoma había sido meramente formal o institucional, pero el alto tribunal considera suficientemente acreditado que conocía el contenido y las consecuencias de lo que firmaba.

Los magistrados señalan que los escritos no eran documentos internos sin efectos, sino comunicaciones oficiales integradas en el procedimiento administrativo para solicitar, justificar y obtener fondos públicos. La sentencia entiende que Sánchez sabía que parte de la información trasladada a la Administración autonómica no se correspondía con la realidad.

La decisión resuelve el recurso de casación planteado contra la sentencia de la Audiencia. La ejecución de las penas corresponde ahora al órgano judicial competente, conforme a los trámites previstos después de la resolución del Supremo.

Un proyecto financiado con seis millones de euros

Los hechos se remontan a la preparación del teatro-auditorio de Puerto Lumbreras. Según el relato judicial, Pedro Antonio Sánchez encargó verbalmente a un arquitecto la redacción del proyecto sin que existiera previamente un expediente de contratación.

El anteproyecto y el proyecto básico se utilizaron para solicitar una subvención autonómica de **seis millones de euros**. La documentación remitida afirmaba que se estaba tramitando la cesión de los terrenos necesarios para levantar el edificio, aunque no constaba convenio aprobado, inscripción urbanística ni expediente tramitado para disponer de la parcela.

La Comunidad Autónoma entregó una primera parte de la ayuda y, posteriormente, el Ayuntamiento solicitó nuevos pagos vinculados al supuesto ritmo de ejecución. La sentencia recoge que en ese momento no existía proyecto sobre la parcela, no se había iniciado el concurso, tampoco había expediente de contratación de obra y los trabajos aún no habían comenzado.

Cuando se detectó la inviabilidad técnica y económica del diseño inicial, el tribunal considera probado que se preparó un proyecto modificado para justificar la inversión de la subvención y evitar la devolución de los fondos, aunque el edificio quedara inacabado.

También se mantienen otras condenas

El Supremo confirma igualmente la condena al arquitecto **Martín Lejarraga**, con **16 años y seis meses de inhabilitación especial** como cooperador necesario de los delitos de prevaricación.

En el caso de la secretaria accidental del Ayuntamiento, la Sala estima parcialmente su recurso. Se mantiene la inhabilitación de **15 años y seis meses**, pero se concreta que afecta a cargos o empleos públicos con funciones de secretaría, fe pública, asesoramiento legal preceptivo o intervención técnico-jurídica equivalente dentro de la Administración.

Un caso que marcó la política regional

Pedro Antonio Sánchez presidió la Región de Murcia entre 2015 y 2017. La evolución judicial del caso Auditorio terminó provocando su dimisión en abril de 2017, momento en el que dejó la Presidencia autonómica. Desde entonces, la causa ha recorrido distintas fases hasta llegar a la decisión de la Sala de lo Penal.

La confirmación de la condena vuelve a situar el caso en el centro de la agenda regional, en una etapa marcada por el debate político en la Asamblea Regional y por las advertencias de la Fiscalía sobre la carga de trabajo de los órganos judiciales murcianos.

El procedimiento también subraya la importancia de los controles sobre contratación pública, subvenciones y documentación administrativa. Son ámbitos directamente relacionados con las exigencias de transparencia en los ayuntamientos de la Región, especialmente cuando se gestionan proyectos de gran cuantía.

La resolución del Supremo mantiene así el núcleo completo de la condena contra el expresidente regional: prisión, multa e inhabilitación por las decisiones adoptadas durante la tramitación del auditorio municipal.